La discusión sobre el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 vuelve al Congreso con una pregunta que excede la continuidad de una norma: qué ocurre cuando una transformación económica de gran alcance se impulsa por decreto y, años después, algunas de sus piezas siguen dependiendo exclusivamente de ese instrumento. La oposición buscará rechazarlo en la Cámara de Diputados, luego de que la Corte Suprema validara la derogación de la Ley de Tierras. Si ambas cámaras lo rechazan, el DNU quedaría anulado; si no, continuará vigente en los aspectos que no hayan sido reemplazados o suspendidos.
Firmado por Javier Milei el 20 de diciembre de 2023, diez días después de asumir, el decreto reunió 366 artículos destinados a reducir regulaciones y la intervención estatal. Su amplitud respondió a la urgencia política del nuevo Gobierno por modificar con rapidez un marco económico que consideraba restrictivo. Pero esa misma amplitud dejó un problema institucional duradero: medidas muy distintas quedaron agrupadas en una norma cuya estabilidad dependía de un procedimiento legislativo particular y de sucesivas disputas judiciales.
Una norma que sobrevivió a su primer rechazo
En marzo de 2024, el Senado rechazó el DNU, pero el resultado no bastó para derogarlo. La legislación argentina exige el rechazo de ambas cámaras. Esa regla permitió que el decreto siguiera vigente mientras el Congreso discutía otras reformas y los tribunales examinaban impugnaciones concretas. La ley de Bases aprobada en junio de 2024 recogió iniciativas de desregulación por una vía legislativa distinta; por eso, la suerte del DNU no coincide automáticamente con la de toda la agenda económica de Milei.
La diferencia importa para medir el alcance de una eventual votación. La reforma laboral, aprobada como ley en febrero pasado, y otras medidas incorporadas posteriormente al ordenamiento tienen un fundamento independiente. En cambio, las disposiciones que no fueron reemplazadas por leyes ni anuladas judicialmente podrían quedar expuestas si el decreto pierde vigencia. No se trataría de borrar de un golpe cada cambio, sino de determinar artículo por artículo qué norma lo sostiene y qué reglas ocuparían su lugar.

La Ley de Tierras como detonante
La controversia reciente se reactivó cuando la Corte Suprema convalidó, el 29 de septiembre, la disposición que derogaba la Ley de Tierras de 2011, que fija límites a la adquisición de terrenos por extranjeros. El artículo 154 del DNU había quedado suspendido por una decisión judicial; el pronunciamiento del máximo tribunal cambió ese escenario y devolvió al centro del debate una cuestión sensible: hasta dónde puede modificarse por decreto una regulación sobre propiedad y territorio.
La decisión judicial no resolvió por sí sola el destino de todo el DNU, pero alteró el cálculo político. Para sus críticos, mostró que una disposición de gran impacto podía entrar en vigor mientras el Congreso aún no había cerrado su revisión. Para el Gobierno, la continuidad del decreto preserva reformas que considera necesarias para ampliar la actividad privada. La votación, por tanto, enfrenta no solo preferencias económicas, sino distintas valoraciones sobre el control legislativo y la estabilidad de decisiones ejecutivas.
Contratos y decisiones bajo reglas inciertas
Entre los sectores que podrían sentir más directamente un cambio figuran los alquileres, la medicina privada y el comercio exterior, según un informe de Zentrix Consultora. Si las disposiciones del DNU que los afectan dejaran de regir, podrían reabrirse preguntas sobre las condiciones de los contratos, la moneda en que se pactan obligaciones y las reglas aplicables a servicios y operaciones comerciales. El problema práctico no sería únicamente cuál régimen resulta más conveniente, sino desde cuándo y para quién se aplicaría el que lo sustituya.
Un contrato de alquiler firmado bajo reglas vigentes no necesariamente tendría el mismo tratamiento que uno nuevo. Algo similar podría ocurrir con una afiliación de medicina privada o una exportación planificada con plazos, precios y obligaciones ya acordados. Sin una norma transitoria que aclare el alcance temporal, hogares y empresas tendrían incentivos para aplazar decisiones, renegociar condiciones o acudir a los tribunales. Así, una disputa legislativa puede trasladarse a la economía cotidiana incluso antes de que exista una interpretación judicial definitiva.
También podrían verse alcanzadas las compras gubernamentales y ciertas reglas para supermercados. En el comercio exterior, la incertidumbre regulatoria pesa especialmente sobre operaciones que requieren planificación: una empresa que prepara una venta al extranjero debe calcular costos y compromisos con antelación. Si no sabe qué régimen regirá al momento de completar la transacción, puede postergarla o incorporar un costo adicional por riesgo. El efecto agregado dependería de la cantidad de normas afectadas y de la rapidez con que el Estado precise el marco aplicable.
El costo institucional de una transición incompleta
La derogación, si se concreta, no garantiza por sí misma un retorno simple al estado anterior. Algunas normas previas podrían volver a tener relevancia, pero la relación entre esas reglas, las leyes posteriores y los contratos en curso exigiría interpretación. El riesgo señalado por Zentrix es precisamente el vacío entre una disposición que deja de regir y otra que se considera restablecida. Cuando la transición no está definida, los jueces terminan resolviendo casos particulares, con respuestas que pueden variar según los hechos y el tribunal.
Ese escenario tendría consecuencias más amplias que el costo de los litigios. La previsibilidad jurídica es un insumo para invertir, contratar y planificar, tanto para quienes respaldan la desregulación como para quienes prefieren regulaciones más estrictas. Una reforma puede reducir trabas y, a la vez, perder eficacia si sus destinatarios no saben durante cuánto tiempo será válida. La estabilidad no depende solo de mantener una norma, sino también de que sus cambios cuenten con procedimientos claros y reglas transitorias comprensibles.
El resultado del jueves definirá si se abre una etapa de revisión para las disposiciones que aún dependen del decreto o si se conserva el marco vigente. En cualquiera de los dos casos, el desafío posterior será delimitar con precisión qué medidas sobreviven, cuáles cambian de fundamento y qué ocurre con los acuerdos ya celebrados. La disputa deja una lección para futuras reformas: cuanto mayor es el alcance de una transformación económica, más importante resulta acompañarla con respaldo legislativo suficiente y una transición que evite convertir la incertidumbre normativa en un freno para la actividad.