El veto de Alois bloquea la reforma del aborto y reabre el debate sobre los límites del poder principesco en Liechtenstein

El veto de Alois bloquea la reforma del aborto y reabre el debate sobre los límites del poder principesco en Liechtenstein

La decisión del príncipe heredero de Liechtenstein, Alois, de vetar por primera vez durante su regencia una ley aprobada por el Parlamento ha detenido una reforma sobre el aborto, pero difícilmente cerrará el debate que la hizo posible. La norma pretendía despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo durante las primeras 12 semanas de gestación y eliminar la prohibición de proporcionar información sobre el aborto. Su bloqueo mantiene una de las legislaciones más restrictivas de Europa y, al mismo tiempo, coloca bajo escrutinio la relación entre democracia directa, representación parlamentaria y autoridad monárquica.

El Parlamento aprobó la reforma el 2 de septiembre por una diferencia mínima: 13 votos a favor frente a 12 en contra. La misma mayoría rechazó que el asunto se sometiera a un referéndum nacional. En términos estrictamente parlamentarios, el resultado reflejaba una decisión adoptada por los representantes electos. Sin embargo, el sistema constitucional del principado permite que el príncipe reinante ejerza un veto absoluto, una facultad que impide que una ley entre en vigor aunque haya superado el procedimiento legislativo ordinario.

El veto de Alois bloquea la reforma del aborto y reabre el debate sobre los límites del poder principesco en Liechtenstein

Una reforma nacida de un malestar acumulado

La iniciativa Fristenlösung für Liechtenstein, conocida como Solución a plazos para Liechtenstein, consiguió en febrero casi 5.000 firmas, aproximadamente una cuarta parte del electorado registrado. El umbral legal exigido para que una iniciativa ciudadana llegara al Parlamento era de 1.000 apoyos. La diferencia entre ambas cifras resulta significativa: no se trató de una petición marginal, sino de una movilización capaz de convertir una cuestión relegada durante décadas al ámbito privado y religioso en un asunto central de la agenda institucional.

La propuesta tenía dos componentes relacionados. El primero consistía en despenalizar el aborto durante las primeras 12 semanas, un plazo que coincide con el modelo adoptado por numerosos países europeos. El segundo buscaba levantar la prohibición de ofrecer información sobre la interrupción del embarazo. Esta última restricción no es menor. Cuando el Estado limita la información disponible, la dificultad no afecta únicamente a quienes han decidido abortar, sino también a quienes necesitan conocer sus opciones médicas, jurídicas y económicas para tomar una decisión informada.

El actual marco legal solo permite abortar cuando el embarazo supone un riesgo grave para la salud de la mujer o cuando es consecuencia de una agresión sexual. En la práctica, muchas mujeres deben desplazarse a Suiza o Austria. Un informe de la Asociación de Derechos Humanos de Liechtenstein estimó que unas 40 viajaron a Suiza en 2025, después de que en 2015 se legalizara esa vía para sortear las restricciones nacionales. La cifra no permite medir por sí sola el fenómeno completo, porque no existen datos equivalentes para Austria y porque los desplazamientos privados pueden quedar fuera de los registros oficiales.

El precedente de 2011 y la advertencia de 2012

El veto actual no llega de forma inesperada. En junio, Alois ya había anunciado que bloquearía la reforma incluso si era aprobada por el Parlamento o por un referéndum. Esa declaración anticipada transformó la tramitación legislativa en una disputa sobre la utilidad real de los mecanismos de participación. Si una consulta popular puede celebrarse, pero su resultado queda sometido a una decisión posterior e irrevocable del príncipe, el referéndum conserva valor político, aunque pierde capacidad vinculante.

El origen de esta tensión se remonta a 2011, cuando una reforma sobre el aborto fue sometida a votación nacional y no prosperó. Al año siguiente, el derecho de veto absoluto del príncipe fue ratificado en un referéndum después de que Alois advirtiera que utilizaría esa potestad para impedir una eventual despenalización. Desde la perspectiva de la Casa Principesca, aquel episodio confirmó que la protección de la vida prenatal debía contar con un límite institucional frente a decisiones coyunturales. Para sus críticos, en cambio, consolidó una prerrogativa que permite neutralizar tanto al Parlamento como a la ciudadanía.

Alois ejerce la regencia desde 2004, cuando su padre, Hans-Adam II, le delegó sus funciones. El cargo incluye poderes ejecutivos amplios, la posibilidad de disolver el Parlamento y la facultad de nombrar jueces. En un país de unos 40.000 habitantes, esta concentración de atribuciones puede presentarse como un mecanismo de estabilidad y continuidad. Pero también significa que una única institución no electa directamente puede modificar el resultado práctico de un proceso respaldado por representantes y organizaciones ciudadanas.

La geografía europea de la excepción

Liechtenstein ocupa una posición singular dentro del mapa europeo. Solo Andorra y la Ciudad del Vaticano mantienen una prohibición total del aborto, mientras que Malta, Mónaco y Polonia aplican normas igualmente restrictivas, aunque con diferencias en sus excepciones y en la práctica judicial. La mayoría de los países europeos ha optado por algún sistema de plazos o por una combinación de plazos e indicaciones médicas. La reforma rechazada habría acercado al principado a ese patrón, sin establecer un régimen ilimitado.

La comparación regional también revela una contradicción práctica. La prohibición no elimina necesariamente los abortos, sino que puede trasladarlos al extranjero. Una mujer con recursos económicos, tiempo para viajar y acceso a información médica puede resolver la situación en Suiza o Austria. Otra que carezca de esas condiciones afronta mayores obstáculos, gastos y riesgos. El efecto de una norma restrictiva, por tanto, no se distribuye de manera uniforme: tiende a castigar con más intensidad a las mujeres jóvenes, con bajos ingresos, sin redes familiares o sometidas a relaciones de dependencia.

El desplazamiento transfronterizo convierte además una decisión sanitaria en un problema logístico. Hay que organizar transporte, pagar consultas y procedimientos, solicitar permisos laborales y preservar la confidencialidad. En embarazos avanzados o situaciones de vulnerabilidad, cada barrera puede reducir el margen de decisión. La ausencia de estadísticas completas dificulta evaluar el impacto, pero no elimina la evidencia cualitativa de que la restricción nacional produce una externalización del servicio hacia los países vecinos.

La disputa constitucional detrás del conflicto moral

El comunicado de la Casa Principesca sostiene que la reforma no es compatible con una protección adecuada de la vida del no nacido como bien jurídico fundamental. Alois ha añadido que está abierto a levantar la prohibición de la publicidad sobre el aborto y que respalda mejorar la información, el asesoramiento y el apoyo a las mujeres antes, durante y después del embarazo. Esa posición sugiere una posible zona de negociación: mantener la penalización, pero ampliar la información y la asistencia.

Sin embargo, la información no sustituye al acceso. Una mujer puede recibir asesoramiento completo y continuar sin disponer de una opción legal dentro del país. La diferencia entre conocer un servicio y poder utilizarlo es decisiva cuando la alternativa implica cruzar una frontera. Por eso, la disposición del príncipe a revisar la prohibición de la publicidad puede aliviar una parte del problema, pero no resolvería la desigualdad creada por la criminalización de la interrupción voluntaria del embarazo.

El comité promotor ha descrito el veto como una demostración de poder a costa de las mujeres afectadas y ha acusado al príncipe de ignorar al pueblo. Su respuesta, no obstante, también reconoce que la iniciativa rompió un tabú de décadas y expuso deficiencias de la legislación vigente. Esa admisión apunta a una consecuencia política importante: aunque la reforma haya sido bloqueada, el debate ya no puede ser fácilmente devuelto al silencio. El veto ha impedido el cambio normativo, pero ha hecho más visible la distancia entre la ley y las experiencias de quienes deben salir del país para acceder a una atención sanitaria.

Un precedente para la democracia del principado

El impacto más duradero puede producirse fuera del ámbito del derecho reproductivo. La controversia obliga a precisar qué significa gobernar mediante democracia directa cuando existe una autoridad con capacidad de veto absoluto. En muchos sistemas, los referéndums funcionan como una corrección o un complemento de la representación parlamentaria. En Liechtenstein, la prerrogativa principesca introduce un tercer nivel de decisión que puede prevalecer sobre ambos.

Eso no implica que el veto sea necesariamente incompatible con la Constitución vigente. Su legitimidad formal fue respaldada en 2012. La cuestión es política: si el mecanismo se utiliza frente a una ley aprobada por un margen parlamentario estrecho, puede reforzar la imagen del príncipe como garante de una identidad institucional particular; si se emplea contra una iniciativa con un apoyo social amplio, puede alimentar la percepción de que la participación ciudadana tiene límites definidos desde arriba.

La evolución futura dependerá de si el Parlamento y el Gobierno intentan una reforma más limitada. Podrían plantearse cambios en la información sanitaria, la confidencialidad médica, la asistencia social o la financiación de los desplazamientos, aunque cualquier solución que no modifique la penalización dejaría intacto el núcleo del conflicto. También podría abrirse una nueva campaña ciudadana, esta vez centrada menos en una ley concreta y más en el alcance del veto principesco. El resultado no está predeterminado, pero la movilización de 5.000 firmas demuestra que existe una base social suficiente para mantener la presión.

El caso de Liechtenstein muestra cómo una norma aparentemente nacional puede tener efectos regionales y constitucionales. La prohibición obliga a depender de los servicios de los países vecinos, mientras el veto plantea preguntas sobre la distribución del poder dentro del principado. La ley seguirá siendo restrictiva, pero el equilibrio político ya ha cambiado: las mujeres que viajan al extranjero, las organizaciones que documentan sus dificultades y la ciudadanía que impulsó la iniciativa han convertido una excepción legal en un asunto público. El príncipe ha bloqueado la reforma; no ha resuelto la cuestión que la originó.