Las elecciones locales de 2027 en la Ciudad de México incorporarán una modalidad que modifica el punto de contacto entre el electorado y la autoridad: las personas con discapacidad y las cuidadoras primarias que no puedan acudir a una casilla podrán votar desde su domicilio. El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) informó que la recepción de los sufragios se realizará mediante boletas impresas y con visitas del personal electoral.
El mecanismo no constituye una excepción informal ni una atención individual improvisada. Forma parte del Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027 y será operado en coordinación con el Instituto Nacional Electoral (INE). Su relevancia está en que desplaza la responsabilidad logística hacia las instituciones para reducir una barrera concreta: la imposibilidad física o de movilidad de llegar a un centro de votación.
El domicilio se convierte en el punto de participación electoral
El primer anclaje de esta medida es su destinatario. El voto anticipado estará dirigido a personas con discapacidad y cuidadoras primarias que, debido a sus condiciones, no puedan presentarse personalmente en una casilla. La inclusión de quienes realizan labores de cuidado reconoce que la participación política también puede verse limitada por obligaciones permanentes de asistencia a otra persona.
La solución planteada es operativa y presencial: funcionarios electorales visitarán los hogares de quienes cumplan los requisitos, entregarán las boletas impresas y recabarán el voto. De esta manera, la autoridad no modifica el principio de emisión personal del sufragio, sino el lugar en el que se desarrolla el procedimiento. El reto será garantizar que esa visita conserve las condiciones de certeza, confidencialidad y control que normalmente se concentran en una casilla.

El 28 de enero marcará el límite para solicitar atención
El segundo punto decisivo será el registro. Las personas interesadas deberán contar con una Credencial para Votar vigente y, cuando corresponda, pedir su incorporación a la Lista Nominal de Electores con Voto Anticipado. La fecha límite para presentar la solicitud será el 28 de enero de 2027, un plazo que vuelve indispensable identificar con anticipación a quienes necesitarán este servicio.
La normativa contempla también a quienes no pueden trasladarse a un módulo del INE para tramitar o actualizar su credencial. En esos casos podrán solicitar atención conforme al artículo 141 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), mediante un escrito acompañado de documentos que acrediten su condición. Este requisito busca sostener la integridad del padrón, aunque también impone una tarea de orientación: la documentación no debe convertirse en una barrera adicional para un grupo que precisamente enfrenta dificultades de acceso.
Febrero será la etapa de verificación en los hogares
El tercer anclaje corresponde a las visitas del INE, previstas del 5 al 11 de febrero de 2027. Durante ese periodo se realizarán los trámites de incorporación a la Lista Nominal de Electores con Voto Anticipado. No se trata todavía de la emisión del sufragio, sino de confirmar quiénes cumplen las condiciones y dejar formalmente habilitada su participación.
La separación entre registro y votación permite ordenar el proceso y verificar previamente la identidad, la credencial y la situación de cada solicitante. También establece una secuencia de responsabilidades: el INE intervendrá en la integración de la lista y el IECM participará en la ejecución de la votación local. La coordinación será central, porque cualquier desajuste entre ambas etapas podría afectar tanto la cobertura territorial como la certeza sobre quién puede votar en el domicilio.
Del 15 al 26 de mayo, la elección llegará a las casas
La recepción de los votos se desarrollará del 15 al 26 de mayo de 2027. En esas fechas, el personal del IECM acudirá a los domicilios registrados para recoger los sufragios mediante boletas impresas. Funcionarios del organismo capitalino acompañarán al personal electoral federal y darán seguimiento a las actividades relacionadas con el proceso local.
La ventana de doce días ofrece margen para organizar rutas y atender a las personas inscritas sin concentrar toda la operación en una sola jornada. Sin embargo, también exige una planeación precisa: las visitas deberán realizarse dentro del periodo establecido, con personal identificado y procedimientos uniformes. La confianza en el voto anticipado dependerá menos del anuncio de la modalidad que de la trazabilidad de cada boleta, desde su entrega hasta su incorporación a los resultados electorales.
Para formalizar esa operación, la Comisión de Votos Anticipados del IECM aprobará el Modelo de Operación del Voto Anticipado en la Ciudad de México, elaborado por la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Geoestadística. Ese documento definirá las reglas de la votación domiciliaria y la coordinación con el INE. El alcance de la medida, por tanto, se medirá en dos planos: ampliar efectivamente el derecho a votar y demostrar que la accesibilidad puede integrarse a los controles ordinarios de una elección.