Los consulados españoles han recibido instrucciones de reunir en hojas de cálculo los datos de quienes obtuvieron la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática, para identificar a los solicitantes cuyo derecho al voto está suspendido cautelarmente. La tarea, que abarca decenas de miles de expedientes, se desarrolla sin que todavía esté disponible la aplicación informática prometida y con las elecciones generales convocadas para el 29 de noviembre.
El Tribunal Supremo rechazó este lunes la petición de la Abogacía del Estado y la Fiscalía General para revocar la medida cautelar que afecta a los nacionalizados mediante una instrucción del Ministerio de Justicia. La Abogacía calcula que hay 163.020 personas afectadas y sostiene que el volumen de casos y el calendario electoral hacen inviable preparar a tiempo un listado detallado.

La clasificación depende del origen de cada expediente
Según fuentes diplomáticas citadas por EL PERIÓDICO, los consulados deben completar distintos campos para determinar quién acreditó ser descendiente de exiliados por motivos políticos, ideológicos o relacionados con la orientación o identidad sexual. La revisión debe distinguir esos casos de los solicitantes acogidos a un criterio del Ministerio de Justicia que permitía presumir el exilio de quienes abandonaron España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.
La diferencia resulta decisiva para aplicar la suspensión ordenada por los tribunales. La primera instrucción de Exteriores, remitida a mediados de septiembre, pidió expedir certificados sobre quienes habían justificado su vínculo con el exilio y adjuntó resoluciones de la Junta Electoral Central y del Supremo. Desde entonces, los consulados han recibido nuevas comunicaciones desde Madrid. Mientras llega el sistema informático anunciado, deben volcar los datos en Excel para trasladarlos después a esa plataforma.
Plazos breves y criterios discutidos
El Ministerio de Asuntos Exteriores afirma que cumple y seguirá cumpliendo las medidas cautelares con la máxima diligencia, aunque reconoce que su aplicación plantea dificultades en numerosos consulados. También advierte de una posible incongruencia: ciudadanos que votaron en 2023 o en recientes elecciones autonómicas podrían quedar excluidos de la votación del 29 de noviembre.
El Gobierno y las organizaciones de españoles en el exterior cuestionan la decisión judicial y su aplicación. El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior ha pedido al Defensor del Pueblo que presente un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Entre sus objeciones figuran el plazo de cinco días para formular alegaciones o subsanar expedientes y la diferencia entre residentes en el extranjero inscritos en el censo CERA, cuyo voto se suspende, y residentes en España inscritos en el CER, que no quedan afectados por la misma medida.
Las entidades críticas sostienen además que se limita un derecho fundamental a partir de dudas sobre el voto planteadas por Vox e Iustitia Europa en el recurso que originó el procedimiento. La controversia deja a los consulados ante una tarea administrativa urgente: identificar individualmente qué expedientes corresponden a cada supuesto, mientras siguen vigentes la suspensión cautelar y un calendario que reduce el margen para corregir errores antes de las elecciones.